Libreta marítima y contrato para la libre circulación de los tripulantes
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El Ministerio de Transportes publica este jueves cómo deben justificarse si los paran
30 abr 2020 . Actualizado a las 05:00 h.Tras siete semanas usando medios de transporte para ir de su casa al barco o viceversa, los tripulantes de la flota saben desde este miércoles que el Ministerio de Transportes los autoriza a viajar dentro y fuera de España acreditándose con su libreta marítima y con un contrato que indique nombre del barco, puerto y fecha de salida o de llegada.