Un año de cárcel para el acusado de enviar vídeos sexuales de su expareja

edith filgueira OURENSE / LA VOZ

OURENSE

El hombre distribuyó el contenido íntimo, grabado sin permiso, por despecho

06 jul 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El hombre que distribuyó vídeos íntimos de su pareja a través de la plataforma YouTube no entrará en prisión por el delito contra la intimidad del que lo acusaba la Fiscalía. El encausado grabó el contenido audiovisual con una webcam mientras tenían una relación y sin el consentimiento de la víctima, entre los meses de octubre del 2010 y enero del 2011.

Finalmente, y tras tres suspensiones de la vista oral del juicio por diferentes motivos, el procesado aceptó un acuerdo de partes en el que se le rebaja la pena que deberá cumplir. En un principio la petición del Ministerio Fiscal era de cuatro años de cárcel, una multa durante dos años de 12 euros diarios y 10.000 euros más en concepto de daños morales. Sin embargo, al aceptar el procesado ser el autor del delito que se le imputa, el acuerdo establece una pena de un año de prisión -a la que no entrará por carecer de antecedentes penales-. El acuerdo recoge también la obligatoriedad de pagar una multa de 2 euros diarios durante doce meses, siendo el total de 720 euros, y otros 6.000 en concepto de daños morales. Sin embargo, al cobrar el acusado una pensión no contributiva que supera por poco los 300 euros mensuales, como anunció en el momento de aceptar la autoría de los hechos, quedará exento de indemnizar a los dos hijos de la víctima -fallecida en el año 2012 durante la instrucción del caso- si se declarase insolvente.

Según el escrito de acusación, la mujer que sufrió la vejación pública aparecía en tres de los vídeos desnuda, masturbándose y en posturas de claro contenido sexual. Cada vez que el encausado colgaba un vídeo nuevo en el canal de Internet -subió hasta cinco diferentes y envió fotos a personas del entorno de la víctima en las que también aparecía su hija- se lo comunicaba por teléfono a ella y a sus allegados.

El contenido ilícito llegó a manos de usuarios de la plataforma y conocidos de la fallecida e incluso a miembros de la corporación local de Leiro, a donde también envió un fax informando de la existencia del contenido audiovisual.

Pese a haber rebajado la condena, la Fiscalía expone en su escrito que el hombre actuó guiado en todo momento por una clara intención de mermar la imagen de la mujer. «Sus familiares, amigos, e incluso el entorno laboral de sus hijos, accedieron al contenido de los vídeos íntimos que divulgó el acusado», se puntualiza en el escrito.