Absuelto un ganadero de Os Blancos que culpó al calor de la muerte de sus ovejas
OURENSE
La magistrada ve contradictorios los testimonios relativos a si las reses estaban o no privadas de alimento y bebida
19 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.«No ha podido probarse que el acusado hubiera dejado de prestarles comida y agua a los animales de la explotación que dirigía». Es una de las frases que se recoge en la sentencia en la que se absuelve a un ganadero que fue juzgado hace semanas en Ourense por un delito de maltrato animal. A pesar de que la Fiscalía provincial había pedido para él una condena de 18 meses de cárcel, por considerar que dejó morir de hambre a varias ovejas de su rebaño, la magistrada encargada de ver el asunto no ha encontrado indicios que lo demuestren, por lo que ha exonerado al investigado.
Los hechos habían ocurrido entre los meses de mayo y septiembre del 2021. En ese tiempo se constató la muerte de tres ovejas y una cabra en la explotación que tenía a su nombre Iván R. O., situada en Nocedo de Ribeira (Os Blancos). Varios vecinos del lugar alertaron a la Guardia Civil del presunto abandono de las reses, por lo que una patrulla se trasladó al lugar para ver qué pasaba. Así lo indicaron en el juicio los propios agentes, que declararon haber visto las reses fallecidas y aseguraron que otras muchas estaban en situación de «extrema delgadez». Esta opinión no fue corroborada por un inspector veterinario, que dijo que los animales estaban «aparentemente» delgados, si bien no pudo comprobar hasta qué punto ya que no le fue posible palparlos. Solo los observó desde fuera de la explotación. De esa contradicción en los testimonios da cuenta la magistrada, que además tampoco encuentra unanimidad en lo relativo a si el rebaño tenía o no comida. «Hay contradicciones entre los testigos acerca de si había o no agua en los bidones, si tenían o no algo de pasto en la finca o incluso si había manzanas esparcidas por la finca que pudieran servirles de sustento», advierte la togada, que echa en falta que los vecinos de la aldea, los que denunciaron el supuesto estado de abandono de los animales, no hubiesen sido citados para declarar en el juicio.
Que el padre del acusado reconociera a los agentes que su hijo solo iba los fines de semana a atender a los animales tampoco puede ser considerado prueba de cargo, sostiene la jueza, que advierte que «ante las dudas que se nos plantean», se debe aplicar el principio in dubio pro reo. En la vista el acusado dijo que dejaba agua y comida a los animales y culpó de las muertes al calor.