Juzgan a la exalcaldesa de Melón por no derribar un pabellón ilegal años después de que a su marido lo inhabilitaran por autorizar otro inmueble junto a un monasterio cisterciense
MELÓN
«Hicimos lo que teníamos que hacer», aseguró Cristina Francisco, insistiendo en que siempre respetó la ley
10 sep 2024 . Actualizado a las 17:43 h.Cristina Francisco Vílchez llegó a la alcaldía del ayuntamiento ourensano de Melón en el año 2011. Lo hizo de rebote, después de que a su marido, regidor por el Partido Popular hasta ese momento, lo condenaran a ocho años y medio de inhabilitación por cometer un delito de prevaricación. Había autorizado la construcción de un pabellón polideportivo a menos de cien metros del monasterio cisterciense de la localidad, declarado Bien de Interés Cultural, y esta conducta le costó el puesto.
Ahora es Cristina Francisco la que afronta un proceso judicial que gira, de nuevo, sobre la controvertida construcción de otro edificio. Se trata en este caso de un centro multiusos levantado en una zona conocida como Cruceiro Gordo. A Vílchez, que ya no tiene relación alguna con la política aunque su marido lidera al PP desde la oposición, se le acusa de un delito de desobediencia, por haber incumplido, presuntamente, un mandato judicial que se remonta al 2014.
En junio de ese año el Tribunal de Xustiza de Galicia dictó una sentencia en la que obligaba al Concello de Melón a derribar el inmueble por no tener la obra amparo urbanístico legal. En los años sucesivos, y pese a los requerimientos, la regidora no habría acometido la demolición de la infraestructura, que a día de hoy sigue en pie ya que el concello no tiene dinero para afrontar su demolición. El juzgado llegó incluso a poner una multa coercitiva que suponía el pago de 600 euros mensuales que salían de las arcas municipales, pero la acusada negó tener conocimiento de que se hubieran cometido ilegalidades.
Es más, al inicio de la vista hizo una declaración de intenciones. «No se por qué estoy aquí», le dijo a la magistrada antes de que le preguntara si quería declarar. Asintió y atendió a las cuestiones que le plantearon tanto el fiscal como la acusación particular y su abogado, pero en ningún momento reconoció los hechos que se le atribuyen. Explicó que todos los pasos que dio en relación a este asunto estuvieron asesorados por sus técnicos y relató que se intentó poner en marcha un plan urbanístico especial para tratar de legalizar la construcción, aunque nunca se llegó a materializar ese trámite. «Hicimos lo que teníamos que hacer», señaló la exalcaldesa.
En relación con los 600 euros que se pagaban en concepto de multa cada mes, aseguró que nunca le dijeron cual era el motivo de la sanción e incluso afirmó que desde el Concello se envió un escrito al juzgado para conocer los detalles. «Cada paso que daba estaba asesorado», dijo a preguntas de su letrado, aclarando que «no quería desobedecer nada».
Xulio López Ferro, un abogado que ejerce la acusación popular, se levantó del estrado y, sin quitarse la toga, declaró como testigo. Explicó que ya en el año 2007 la Aplu (Axencia de Protección de Legalidade Urbanística) detectó una «infracción grave», insistiendo en que el edificio multiusos, que en estos años ha sido utilizado como guardería y como centro de reuniones de colectivos como las mujeres rurales, «es ilegal porque lo dice la ley». «La situación era clara, había que responder la legalidad urbanística y no se hizo», zanjó.
Emilio Díaz, actual alcalde de Melón, compareció en la vista por videoconferencia, corroborando que existe una sentencia del juzgado contencioso, que fue declarada firme tras llegar al Tribunal Supremo, que instaba a la reposición de la legalidad en el terreno en el que estaba el multiusos, por ser suelo rústico. Aseguró que desde su llegada al consistorio ha intentado cumplir ese mandato y derribarlo, si bien este proyecto no se ha completado por falta de fondos.
El abogado del Concello insistió, por su parte, en que se hubiera podido legalizar la edificación sacando adelante un plan especial y que esta medida era recomendable porque permitía ahorrar dinero público, si bien nunca prosperó.
Pena de multa e inhabilitación
Ahora la última palabra la tiene la magistrada del Juzgado de lo Penal dos de Ourense. Las acusaciones reclaman el pago de una multa de 3.600 euros e interesan, además, que Francisco Vílchez no pueda ejercer un cargo público durante un máximo de dos años.
La exregidora ya tuvo que sentarse en un banquillo de acusados en el año 2015, cuando fue juzgada por falsedad documental. Se cuestionaba la forma en la que se había firmado la realización de trabajos en beneficio de la comunidad de un hombre condenado por un delito vial, pero la entonces alcaldesa quedó absuelta al no admitirse como prueba los hallazgos de un detective privado.