El fiscal del crimen de Santoalla presenta dos opciones en su escrito de acusación

Edith Filgueira OURENSE / LA VOZ

PETÍN

Santi M. Amil

La diferencia radica en la posible complicidad, o no, de los implicados

08 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El fiscal encargado del caso que intenta dirimir el asesinato del holandés Martin Albert Verfondern en su escrito de acusación provisional, presenta dos alternativas que tendrá que exponer ante el jurado popular. Se trata de un crimen acaecido en enero del año 2010 en la parroquia de Santoalla (en el municipio ourensano de Petín), ubicada en la falda de una montaña y de difícil acceso. Los restos del cadáver y el coche calcinado de la víctima fueron encontrados por un helicóptero de la Guardia Civil en junio de 2014.

En el primer supuesto Juan Carlos Rodríguez -que desde el mes de noviembre de 2014 continúa en prisión provisional- habría decidido acabar con la vida de Verfondern aprovechando que la mujer de la víctima se encontraba en Holanda -país de origen del matrimonio-. Alrededor de las 13.15 horas del 19 de enero, Juan Carlos habría esperado en la entrada del pueblo, armado con una escopeta, a que el extranjero volviera de hacer la compra y lo forzó a detener su vehículo, tras lo cual le disparó a menos de un metro de distancia provocándole la muerte inmediata. En este supuesto el rol del segundo implicado en el crimen -hermano del autor del disparo- Julio Rodríguez habría sido el de encubridor. El fiscal considera que, sin conocer los planes premeditados de Juan Carlos, se habría encontrado con la escena del crimen cuando regresaba de Petín con su tractor. Con la intención de que el crimen de su hermano quedara impune, Julio traspasó el cuerpo del holandés del asiento del conductor al del copiloto y, aprovechando sus conocimientos de la zona, lo llevó a un lugar situado a 18 kilómetros y medio -una zona de nulo tránsito y de muy difícil acceso-. Fue allí donde le prendió fuego al cuerpo de Verfondern y escondió el coche.

En este supuesto, el hermano encargado de esconder el cuerpo del holandés estaría exento de cárcel por el artículo 454 del Código Penal que establece que se libran de ingresar en prisión «los encubridores que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad», entre los que se encuentran los hermanos, ya lo sean biológicamente o por adopción.

En la segunda alternativa que el fiscal planteará ante la Sala durante la sesión oral del juicio -de la que todavía se desconoce la fecha- la diferencia estriba en que Juan Carlos y Julio actuaron de mutuo acuerdo y con un plan premeditado. Según esta teoría, Julio habría ido a realizar sus labores habituales con el tractor, evitando así levantar sospechas, y habría quedado con su hermano para encargarse de transportar los restos de la víctima. El delito que se le imputaría en este caso sería el de asesinato con una pena de 18 años de prisión.

En cualquiera de los dos casos, el autor del disparo está encausado por un delito de asesinato y otro de tenencia de armas y la acusación pública pide para él 17 años de prisión. Sin embargo, se le aplicaría una atenuante por tener reconocida una minusvalía del 65 % con un retraso mental leve y una capacidad intelectual y volitiva parcial escasamente afectada. Por lo que cumpliría una pena inferior a la de su hermano Julio, para el que no existe circunstancia modificativa alguna de responsabilidad criminal.

En cualquiera de las dos alternativas, el Ministerio Fiscal reclama que los dos acusados indemnicen, conjunta y solidariamente, a la viuda de la víctima -María Hillegonda Pool- con 200.000 en concepto de responsabilidad civil.

La acusación pública ha pedido para el desarrollo del juicio 21 peritos, 40 testigos, audios de llamadas telefónicas y el visionado de minutos concretos del documental «Santoalla», grabado por los norteamericanos Andrew Becker y Daniel Mehrer. De este modo, el jurado popular que determinará si los acusados son «culpables» o «no culpables», podrán ver el escenario de la tragedia y escuchar a los detenidos cuando todavía o habían pasado a disposición judicial. Los padres de los encausados -ya fallecidos- tampoco podrán prestar declaración en defensa de sus hijos, pero su versión también aparece recogida en el film.

A la espera de la fecha del juicio, el fiscal interesa además que Juan Carlos continúe en prisión provisional sin fianza por entender que subsisten los motivos que dieron lugar a la adopción de esta medida. También que se mantenga la medida cautelar impuesta a Julio que le prohíbe acercarse a la viuda del holandés -que todavía reside en Santoalla- y a la aldea.

El origen de la disputa que enfrentaba a los extranjeros con los acusados de asesinato fue la explotación de una parcelas de monte. Ambas familias se llevaban bien -eran las únicas que habitaban Santoalla- hasta que los holandeses quisieron entrar a formar parte de la Comunidad de Montes Vecinales. Los locales se negaron y comenzaron los conflictos, de los cuales muchos terminaron con denuncias ante la Guardia Civil e instancias judiciales.

En el 2008, el juzgado de O Barco de Valdeorras da la razón a Verfondern y obliga a que se le escriba como comunero, lo que le otorga los mismos derechos que a la familia de los acusados. Fue entonces cuando el holandés empezó a temer por su vida, llevando incluso en ocasiones una cámara con él para grabar los encuentros y las amenazas que le proferían sus vecinos.