Un guardia civil pontevedrés cobró una indemnización por una mudanza que nunca se realizó

PONTEVEDRA

El agente reconoció los hechos asumiendo una multa de 910 euros y tres meses de suspensión de empleo o cargo público
15 ene 2022 . Actualizado a las 05:00 h.El Supremo acaba de confirmar en su práctica totalidad la sentencia que la Audiencia de Navarra dictó contra una trama de falsas mudanzas en el seno del instituto armado y que salpicó a un guardia civil pontevedrés. La propia resolución refiere que si un agente cambia de destino, «la propia Guardia Civil abona, en compensación por los gastos generados (...), la denominada Indemnización por Traslado de Residencia (ITR)».
Se trata de un trámite que no es automático, ya que, para percibir esta ayuda, el afectado «debe presentar tres presupuestos de otras tantas empresas de mudanzas». De este modo, se le acaba pagando «el importe correspondiente al presupuesto que ofrece el menor precio, con el fin de que esa ayuda económica se destine al pago de la mudanza oficialmente aprobada».
Con este trasfondo, en enero del 2011, un agente destinado en la Intervención de Armas de Pamplona y Elizondo ideó, junto con su esposa y el empresario de una firma de mudanzas, una trama mediante la que, «actuando con ánimo de ilícito enriquecimiento», esta compañía era siempre la que ofertaba el precio más bajo, «lo que era posible gracias al conocimiento previo que tenían de las otras dos ofertas presentadas». De este modo, los agentes implicados percibían la totalidad de la indemnización para, en paralelo, abonar a los principales acusados una cantidad previamente convenida.
Una quincena de guardias
La sentencia analiza hasta quince casos de agentes repartidos por toda España y constata que ninguna de estas mudanzas se llegó a realizar. En el caso del pontevedrés, este solicitó en julio del 2011 la ITR por un traslado desde uno de los puertos existentes en la provincia de Pontevedra a Tenerife. Como era de esperar, resultó adjudicataria de la mudanza la empresa implicada en la trama, que presentó un presupuesto de 6.372 euros. Se considera acreditado, ya que así lo confesó el guardia civil durante la celebración de la vista oral, que efectuó una transferencia a la esposa del principal encausado por importe de 1.822 euros, mientras que el agente percibió 7.255,79 euros de indemnización por el traslado.
El Supremo confirma que, «con anterioridad a la celebración del juicio oral», consignó esta cantidad. Además, la sentencia refleja que «todos los acusados conformes con esta resolución —entre ellos, el pontevedrés— reconocen la veracidad y realidad de los hechos relatados y piden perdón por los mismos». De igual modo, se incide en que, «una vez satisfecha en su totalidad la responsabilidad civil, queda constatado que no se ha causado perjuicio grave a la Administración», así como que tales hechos «no fueron cometidos por los citados miembros de la Guardia Civil en el ejercicio de las funciones específicas de su puesto».
De este modo, se le aplican las circunstancias atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión tardía en el fraude y exacciones ilegales; y de confesión tardía en el delito de falsedad, cargos por los que se le impone una multa de 910 euros, suspensión de empleo o cargo público durante tres meses y un día.