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El TSXG ratifica la condena por un alijo de treinta kilos de heroína intervenido en Meis

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

CAPOTILLO

El recurso ante el alto tribunal no aludió a la pena de prisión impuesta al camionero, toda vez que este aceptó un acuerdo con el fiscal, y se limitó a discutir el decomiso del vehículo interceptado por la Policía Nacional con la droga

18 mar 2025 . Actualizado a las 14:25 h.

A través de una sentencia difundida este martes, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a seis años de cárcel al conductor de un camión sorprendido en 2023 en Meis con unos treinta kilos de heroína. En la sentencia ahora confirmada también se le impuso, como autor de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, el pago de un millón de euros de multa, que es el valor de la sustancia intervenida.

En la resolución, los magistrados precisaban que la droga intervenida en la operación Babá desarrollada por la Udyco de la Policía Nacional con sede en Pontevedra se encontraba oculta en un habitáculo del tráiler, «diseñado a tal fin en la parte anterior-inferior de la gabarra y protegido para no ser detectado por los escáneres».

El alto tribunal gallego ha desestimado, por un lado, el recurso presentado por una empresa que aducía ser «perjudicada», pero también ha rechazado la pretensión del condenado, que instaba a la revocación del comiso de la cabeza tractora y semirremolque. Con respecto a la compañía, los magistrados sostienen que presentó unos documentos «pretendidamente acreditativos de su propiedad sobre la cabeza tractora, también sobre el semirremolque enganchado a ella en el momento de la detención del acusado», si bien matizan que «se trata de sendos contratos de arrendamiento». De este modo, la firma «afirma su condición de tercero de buena fe, negando cualquier vínculo con el acusado, quien sería, en su tesis, contratado por la empresa arrendataria», un argumento que el alto tribunal gallego «no comparte el razonamiento y no les da crédito a los documentos».

CAPOTILLO

La Audiencia de Pontevedra, por su parte, había mantenido que «el semirremolque del camión tráiler es instrumento del delito agravado de tráfico de drogas: es un útil o medio utilizado necesariamente en su ejecución directa y no un simple eslabón del transporte terrestre, y queda anudado a la cabeza tractora a la que se asocia formando un todo»

Se da la circunstancia de que el acusado, de nacionalidad croata, había aceptado un acuerdo de conformidad, por el que asumió los seis años y un día de cárcel, así como la multa del millón de euros, cantidad en el que se valoró la droga intervenida en la madrugada del 19 de octubre del 2023 en la estación de servicio de la autovía de O Salnés. Es por ello que el recurso ante el TSXG no aludió a la pena de prisión y se limitó a discutir el decomiso del vehículo interceptado por la Policía Nacional.