Prisión y alejamiento para un vecino de Poio por maltratar a su pareja al inicio del confinamiento por la pandemia
POIO
Una vecina y la Guardia Civil corroboraron la versión de la víctima durante la vista oral
24 ene 2024 . Actualizado a las 05:00 h.Tras siete meses de relación sentimental, los últimos tres de convivencia, y cuando apenas había pasado una semana desde que se decretó el confinamiento por la pandemia del coronavirus, un vecino de Poio agredió a quien era su pareja.
Así, la sentencia considera acreditado que el 23 de marzo del 2020 por la tarde ambos iniciaron una discusión, en el transcurso de la cual el acusado «la empujó con fuerza golpeándose contra el marco de la puerta, dándole varios golpes con las manos en las piernas y en varias partes de su cuerpo». Tras precisar que esta conducta tuvo como intención «menoscabar la integridad física» de la víctima, las distintas sentencias refieren que no consta que este sufriera lesiones al no haber acudido al médico, pero sí moratones persistentes en sus piernas.
Durante esa misma discusión, y «con el propósito de atemorizarla», cuando la denunciante se encontraba tumbada en la cama indefensa, el ahora condenado «hizo ademán de golpearla con el puño acercándoselo mucho a la cara», Al tiempo, le advirtió de que como volviera a mencionar a su hija, «la machacaba».
Como consecuencia de estos hechos, la joven tuvo que recibir asistencia en la unidad de salud mental del Hospital de O Salnés. De igual modo, consta que recibió asistencia del CIM del Concello de Poio, mientras que, en el plano judicial, se llegó a decretar una orden de protección a beneficio de la víctima.
La condena
Lo cierto es que, como consecuencia de estos episodios, el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra impuso a este vecino de Poio nueve meses de prisión, dos años de privación del derecho a portar armas y la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima por idéntico período de tiempo como autor de un delito de maltrato leve sobre la mujer cometido en el interior del domicilio común. Las mismas penas le recayeron al acusado, quien deberá abonar una indemnización de dos mil euros por daños morales y las lesiones causadas sobre quien fue su pareja, por un delito de amenazas leves sobre la mujer.
Esta sentencia fue ratificada por la Audiencia de Pontevedra, cuyos magistrados, a la hora de abordar el testimonio prestado por la denunciante, sostienen que «no nos hallamos ante auténticas contradicciones entre las diferentes declaraciones». De hecho, el tribunal constató que «los datos proporcionados por la víctima en sede plenaria, en lo que a los hechos se refiere, se han mantenido en sus sucesivas declaraciones, si bien, con poco orden».
Asimismo, destacan que este testimonio, calificado por la juez de instancia «de lógico en sí mismo, creíble, espontáneo, sereno y sencillo», fue corroborado por los agentes de la Guardia Civil que acudieron al domicilio y la vecina de la pareja.