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Prohíben al Concello registrar la marca Padrón Auténtico para los pimientos

Maruxa Alfonso Laya
M. Alfonso REDACCIÓN / LA VOZ

AGRICULTURA

MERCE ARES

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Union Europea atiende el recurso presentado en su día por la de la denominación de origen de Herbón, que alegaba que podría dar lugar a confusión

02 oct 2021 . Actualizado a las 10:45 h.

El Concello de Padrón no podrá utilizar la marca Padrón Auténtico para ningún tipo de verduras, hortalizas y legumbres, sean en fresco, en conserva o congeladas. Pero, sobre todo, no podrá aplicar esa certificación a los pimientos. Así al menos lo ha determinado la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, que atendió un recurso presentado por la denominación de origen Pemento de Herbón, con sede en la misma localidad. Esta alegó que la nueva marca municipal «ía levar a confusión ao consumidor», asegura Milagros González, presidenta del consello regulador. La decisión es ya firme, pues el Concello rechazó presentar recurso.

«A marca do Concello era para moitas cousas, e entre elas estaba o apartado de hortalizas frescas e elaboradas», asegura González. Algo que no entendían en la denominación de origen, «porque pensábamos que podería dar lugar a confusión. Se un turista se atopaba cunha bolsa de Pementos de Herbón e outra de Padrón Auténtico ¿como ía saber cal era a boa?», insiste González. Así que recurrieron a Silex IP, un despacho de abogados especializados en propiedad industrial. «Padrón es una variedad de pimiento y puede cultivarse en cualquier sitio, pero el hecho de añadir auténtico, con el logo del Concello y en relación a pimientos podría causar un perjuicio a la denominación», añade el abogado Román Pérez, que llevó el la demanda. El problema es que «tal y como está actualmente la ley de marcas, no veíamos que este caso tuviera fácil encaje».

Cuando el concello solicitó a la oficina europea la patente de la marca, la denominación se opuso, pero en primera instancia esa medida fue denegada. «Presentamos recurso porque pensábamos que en segunda instancia íbamos a tener más opciones y ahí se nos dio la razón», añade Pérez. La resolución se publicó el pasado mes de julio y, aunque el Concello pudo recurrir, no lo hizo, con lo que se convirtió en firme.

La denominación solo ha solicitado que la marca Padrón Auténtico no pueda utilizarse para productos de los epígrafes 29 y 30, es decir, los referidos a frutas y hortalizas, entre las que se encuentra el pimiento. En sus escritos a la oficina europea, el Concello alegó que había solicitado registrar la marca para todo tipo de productos alimenticios y bebidas, así como para promocionar la localidad a través de eventos, atraer el turismo y dar a conocer su gastronomía. En ningún caso, añadía, su intención era la comercialización o producción de estos alimentos y, menos de los pimientos, «sino el registrar una marca que sea emblemática de su municipio», reza el escrito, por lo que entendía que no había ningún tipo de colisión con la denominación de origen.

La oficina europea, en cambio, consideró que, para prohibir que esa marca se aplicara al pimiento, era esencial que fuera capaz de hacer que el consumidor estableciera un vínculo con el Pemento de Herbón. «Justo por añadir la palabra auténtico, el solicitante claramente quiere dar a entender que se trata, no de pimientos tipo Padrón, sino del pimiento de Padrón auténtico, que tiene procedencia en su municipio», alega la resolución. «Resulta fácil que la expresión Padrón Auténtico se asocie a la denominación de origen Pemento de Herbón, ya que se da a entender que se trata no solo de un pimiento de la variedad Padrón, sino de uno originario del municipio de Padrón y que, además, es auténtico, por lo que el consumidor fácilmente puede establecer un vínculo directo con la denominación», dice la oficina europea. La conclusión es que Padrón Auténtico no podrá aplicarse a los pimientos, pero sí que podrá usarse para promocionar la localidad.