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Espacios para confinar aves y controles semestrales de agua, entre las normas de bioseguridad en granjas avícolas que entran en vigor el día 1

M.C. REDACCIÓN

GANADERÍA

J. M. CASAL

Las explotaciones de autoconsumo tendrán que identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en caso de aparecer un problema sanitario concreto

26 dic 2023 . Actualizado a las 10:17 h.

Aunque entró en vigor en julio del 2021, el real decreto 637/2021, del 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas daba una tregua de más de dos años a las explotaciones que estaban abiertas antes de la ley para adaptarse a las nuevas reglas de bioseguridad indicadas en este documento. El plazo acaba el 1, justo con la entrada del nuevo año. A partir de este día tendrán que realizar controles de la calidad del agua que dan de beber a las aves cada seis meses o, en el caso de aquellas granjas donde las aves tengan acceso al exterior, disponer de instalaciones adecuadas para poder confinarlas en caso de que sea preciso o, en caso de no poder disponer de ellas, deberán de tener un plan de contingencia para esos casos. Más allá de eso, han de aplicar los métodos más adecuados para lograr rebajar las emisiones de amoníaco. 

Además, tendrán que optimizar el uso del agua y de la energía, «minimizando en la medida de lo posible los ruidos, partículas, polvo y olores que se generen». También ha de limitarse la entrada de vehículos o personas de fuera de la explotación a la instalación. Los piensos que deberán tomar los animales tendrán que almacenarse de tal forma que no entren en contacto con otros animales domésticos o silvestre. Los medicamentos o piensos medicamentosos también deberán estar aislados.  

Otras de las novedades es que las explotaciones tendrán que operar bajo el principio de «todo dentro, todo fuera», que es que una misma camada o grupo de cría no podrá entrar en contacto con otros animales. Al terminar el ciclo de cría ha de vaciarse el recinto en que se criaron para limpiarlo a fondo.  Las explotaciones que no actuen bajo ese principio y que ya estaban abiertas antes de la entrada en vigor del decreto deberán de hacer ese vaciado para higienizar la granja al menos cada dos años. 

En el caso de las granjas que tengan aves para autoconsumo, más allá de tener que inscribirse en un registro de explotaciones ganaderas de la comunidad, «deberán identificar a un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos».