Transición Ecológica multiplica por diez la tasa que cobra a las empresas del mar
SOMOS MAR
Denuncian un acoso legal y financiero para que abandonen la ribera
02 ago 2021 . Actualizado a las 05:00 h.Las empresas del mar gallegas cada vez están más convencidas de que Transición Ecológica no las quiere allí, en la ribera del mar. Las sospechas empezaron con aquel lejano intento de modificar los plazos y los criterios para otorgar concesiones en terreno de dominio público marítimo-terrestre del que el sector afectado se enteró por la página web, donde por sorpresa apareció un proyecto de modificación del reglamento de la Ley de Costas que, aún sin la publicidad que merecen estos casos, recibió un aluvión de alegaciones. Más de mil. Un volumen suficiente como para aplastar ese intento y arrancar el compromiso de consultar con la industria del mar cualquier cambio en la normativa.
Más suspicacias levantó el descubrir que la Ley del Cambio Climático traía lo que, a juicio de las empresas del mar, es una reforma encubierta de la Ley de Costas y la duración de las concesiones, al recoger que las prórrogas ordinarias y extraordinarias de los títulos habilitantes se cuentan desde el primer día de la ocupación del terreno.
La idea de que Transición Ecológica no quiere ahí a las empresas se refuerza ahora que Costas ha pasado el cobro de las tasas por ocupación de terreno público marítimo-terrestre. Esto es, el canon que cobra por las tuberías de captación de agua y otras instalaciones situadas en dominio público. Recibos que en algunos casos han llegado multiplicados por diez. No es el caso del presidente de la Asociación Galega de Depuradores (Agade), Roberto Fariña, pues el canon de su empresa solo se ha septuplicado: de los mil euros que venía pagando al año ha pasado a abonar 7.000. Pero hay casos de instalaciones que de 600 euros han pasado a 6.000.
Y todo por un error de la Xunta que el Gobierno gallego ha enmendado y que ahora Costas no parece estar dispuesta a corregir. Resulta que la Lei de Pesca gallega dejó fuera de la consideración de empresas auxiliares de cultivos marinos a cetáreas y depuradoras de mariscos, pese a que son necesarias, cuando no imprescindibles, para que los bivalvos puedan ser comercializados.
A raíz de ese olvido, Costas dejó de aplicar la bonificación que la legislación establecía para las depuradoras y estas pasaron al régimen general, un nuevo encaje que supuso «que se quintuplicase en muchos casos la liquidación resultante». Como el Parlamento gallego corrigió ese error y volvió a encuadrar a estos establecimientos por los que obligatoriamente tienen que pasar los bivalvos extraídos en zonas B entre la actividad auxiliar de cultivos marinos, los afectados pidieron a Costas que corrigiese el canon de ocupación demanial aplicando la bonificación de la que se les había privado.
Sin embargo, la Dirección General de la Costa y el Mar se muestra reticente a realizar esa corrección. La interpretación que hace Madrid es que son establecimientos auxiliares, no de cultivos marinos y por eso la ley que en enero modificó las tasas y multiplicó por cinco, por siete y hasta por diez el canon está bien aplicada.
Para Fariña y la asociación que preside está claro que se trata de un nuevo intento por parte de Transición Ecológica de expulsar de la costa a empresas que necesitan el mar. «Xa que non puideron cambiando as concesións por leis agora o intentan a través da asfixia económica, multiplicando de forma exponencial a taxa por metro cadrado de ocupación das tubaxes», asegura.
Critica, además, la falta de comunicación, pues «temos pedido unha entrevista con Costas dende xaneiro do 2019».
El Ministerio alega que depuradoras y cetáreas quedan fuera los cultivos marinos
La Dirección General de la Costa y el Mar se remite a la literalidad de la Lei de Pesca de Galicia para rechazar las pretensiones de la depuración de que se les bonifique el canon. Ese texto legal define como establecimientos de cultivos marinos a aquellos que «se dedican a la realización de actividad de acuicultura marina en cualquiera o todas de sus fases de explotación: cría, cultivo o reproducción». Se apoya también en la Ley de Cultivos Marinos, que define estos como «la realización de las labores propias para la reproducción o crecimiento de alguna especie de la fauna y flora marinas asociadas a ellas».
Las depuradoras y cetáreas «quedan por tanto fuera» de los cultivos marinos, explica Transición Ecológica en su respuesta a Agade. Estas, apunta, tienen como cometido la «depuración expedición, mantenimiento, clasificación y regulación comercial de los productos pesqueros con la finalidad de posibilitar la llegada de los mismos en las condiciones higiénico-sanitarias que la legislación demanda». Pero el hecho de que la ley de acompañamiento de los presupuestos clarifique el término de establecimientos auxiliares de cultivos marinos «no modifica el sentido de lo expuesto». Es decir, que no son cultivos marinos y, por tanto, no se les puede aplicar ninguno de los tres tipos de coeficientes que la Ley de Costas reserva a esas actividades, pues en el texto se hace mención «expresa y concreta» de cultivos marinos y no a otro tipo de actividad adicional o complementaria a ellos».