La UE cerrará el mercado al pescado del país que rompa consultas sin una razón
SOMOS MAR
Bruselas modifica el reglamento que usó en el 2013 contra las islas Feroe
15 dic 2024 . Actualizado a las 05:00 h.La Unión Europea ya dispone de un reglamento (1026/2012) que le permite adoptar medidas contra países que no realizan una pesca sostenible y atentan contra la conservación a largo plazo de las especies que explotan en común con los Veintisiete. De hecho, lo ha usado. En una única ocasión, cierto, pero fue suficiente para reconducir los excesos de otros países ribereños. Se empleó en el 2013 contra las islas Feroe. Se le impusieron restricciones a la importación y medidas portuarias que afectaban a sus pesquerías de arenque y caballa. Y aunque fue mano de santo para que, al año siguiente, las ínsulas dependientes de Dinamarca, junto a Noruega e Islandia, firmasen un acuerdo de reparto de la xarda con la UE, lo cierto es que Bruselas —con una denuncia en la OMC—, no se veía suficientemente respaldada por el reglamento para, una vez retiradas las medidas, volver a actuar.
Esas dudas sobre la seguridad jurídica de su castigo es lo que ha llevado al Ejecutivo comunitario a proponer reformar aquel instrumento para aclarar cuándo se entiende que un país permite una pesca no sostenible y a definir y reforzar el proceso de cooperación antes y después de que la UE adopte medidas de presión.
La modificación ha estado abierta a consultas para que la ciudadanía aportase cualquier sugestión a una norma que pretende punir, entre otras cosas, la adopción de medidas unilaterales sobre gestión pesquera o la negativa a sentarse a negociar con las otras partes. Y la sanción no será precisamente en metálico, sino con el cierre del mercado comunitario.
La lucrativa baza del mercado
Porque, recoge el texto legal en tramitación, «la UE es un destino lucrativo para los productos pesqueros» y, como tal, «tiene una responsabilidad particular a la hora de garantizar que se respete la obligación de cooperación». Es decir, que ese compromiso de velar por el futuro de la pesca justifica que se use el mercado como un mecanismo de presión y, por tanto, es lícito que en la lucha contra la pesca no sostenible se pueda recurrir a «la imposición de restricciones cuantitativas a las importaciones de ejemplares procedentes de la población de peces de interés común que hayan sido capturados bajo el control de dicho país, y a las importaciones de productos elaborados a partir de ellos o que los contengan».
¿Cuándo se entenderá que un país no busca la sostenibilidad de la pesca? Según el reglamento que se prepara, cuando, entre otras cosas, no coopere en la gestión de una población de interés común de plena conformidad con las disposiciones internacionales. ¿Y cuándo se entenderá que hay falta de cooperación por parte de un Estado? Pues cuando no actúa de buena fe ni lleva a cabo consultas significativas, en las que se realiza un esfuerzo considerable, con vistas a alcanzar un acuerdo sobre la adopción de las medidas necesarias de gestión de la pesca.
No cooperar será tanto la negativa a consultar, como el rechazo a hacer partícipes de esas consultas a todos los Estados afectados. También la interrupción unilateral injustificada de las consultas se entenderá como falta de colaboración, e incluso las demoras indebidas serán tenidas en cuenta. También penalizarán «las solicitudes de información sin sentido, el incumplimiento de los procedimientos acordados, la negativa sistemática a tener en cuenta las contrapropuestas de otros, la persistencia en las posiciones propias, la negativa a contar con los mejores dictámenes científicos disponibles». Y aún más, «la prosecución de consultas con vistas a la celebración de acuerdos de reparto parcial con exclusión de algunos Estados ribereños mientras que siguen en curso las consultas para acuerdos globales de reparto o no adopte o aplique las medidas necesarias de gestión de la pesca, incluidas las de control, para garantizar la conservación y gestión efectivas de las poblaciones de interés común».
Bruselas quiere castigar al país que no coopera, pero sin romper relaciones
Para reforzar la seguridad jurídica de sus actuaciones contra los países que no se afanen en conseguir una pesca sostenible, la modificación del reglamento añade a los procedimientos previos a la adopción de medidas de castigo, los pasos a seguir con posterioridad a la entrada en vigor de la fórmula de presión decidida. Así, antes de implantar las medidas punitivas, la Comisión dará al Estado en cuestión «una oportunidad razonable de responder a la notificación por escrito y de facilitar toda la información pertinente». Además, Bruselas ofrecerá al país de que se trate «el tiempo adecuado para responder a la notificación y un plazo razonable para remediar la situación».
Que la UE imponga medidas de castigo no será óbice para mantener relaciones con el país en cuestión. Así, en la modificación del reglamento se especifica que «tras la adopción de acciones, la Comisión seguirá colaborando con el Estado de que se trate con vistas a que este deje de permitir la pesca no sostenible». Y, además, cuando la Administración de la otra parte entable consultas de buena fe con la Unión Europea, «la Comisión participará en ellas con celeridad». Con esta nueva artillería legal, Bruselas espera evitar que se repitan situaciones como la que se vive de nuevo con Noruega, Islandia y las Feroe, donde cada uno se reserva unilateralmente la cuota que considera que necesita hasta el punto de que los científicos han levantado la voz para denunciar la sobreexplotación de la xarda.