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Los palangreros españoles sí previenen la captura accidental de tortugas

Pablo Fernández Asensio

PESCA Y MARISQUEO

El un palangrero de superfice gallego faenando, en una foto de archivo
El un palangrero de superfice gallego faenando, en una foto de archivo OPP-07

25 sep 2023 . Actualizado a las 14:23 h.

La oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA) de los EE.UU. llevó a su congreso el informe del 2023 referente a la gestión pesquera Internacional. Según ese documento, siete países realizan pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR ó IUU): Angola, Granada, México, Gambia, Vanuatu, China y Taiwán. Dos están en el informe por esclavitud, China y Taiwán. Dos, por captura de tiburones sin regulación comparable a la de EE.UU.

Y catorce, entre ellos España, por no tener un programa regulatorio comparable al de EE.UU. para reducir la captura incidental de tortugas marinas en las pesquerías de palangre pelágico, Argelia, Barbados, Costa de Marfil, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Namibia, Senegal, Trinidad y Tobago, Túnez y Turquía.

Me parece muy grave que un organismo como la NOAA, realice o más bien ponga en su informe que España no tiene regulación sobre tortugas marinas, comparable con la de EE.UU. España es un estado de la Unión Europea (UE), parte contratante de la Comisión Internacional de Conservación del Atún Atlántico (ICCAT), y esta organización regional de ordenación pesquera, entre otras recomendaciones de años anteriores, aprobó en el 2022 una sobre tortugas marinas capturadas de forma fortuita en asociación con pesquerías. Los estados miembros de la UE tienen que cumplirla, desde seis meses posteriores a la notificación por la ICCAT, según se deduce del artículo VIII del Convenio; es decir, desde mediados de junio del 2023 ha entrado en vigor.

Por lo tanto, no tienen que trasladar a la normativa estatal esta reglamentación al ser de obligado cumplimiento, o debería ser de obligado cumplimiento por las 52 partes contratantes de la ICCAT. Y entre ellas figura EE.UU., que si tiene una legislación específica más restrictiva a esta, es de aplaudir, pero que las otras partes no tienen porqué realizar una normativa más selectiva que la regulada por la organización internacional.

Vamos a describir unicamente el párrafo 1 de la mencionada recomendación, al ser específico para el palangre de superficie, que es al que se refiere la NOAA, pues no menciona el pelágico. «Con el fin de reducir la captura fortuita y aumentar la supervivencia posterior a la liberación de las poblaciones de tortugas marinas amenazadas y en peligro dentro de la zona del convenio», dice que las partes contratantes y partes, entidades o entidades pesqueras no contratantes colaboradoras con «buques palangreros que pescan realizando calados poco profundos cuando operen pesquerías de ICCAT, emplearán o pondrán en práctica al menos uno de los siguientes métodos: utilizar únicamente anzuelos circulares grandes; utilizar únicamente peces de aletas como cebo; utilizar otra u otras medidas o enfoques que hayan sido revisados y considerados efectivos por el SCRS y aprobado por la Comisión como capaces de reducir la tasa de interacción con las tortugas marinas en las pesquerías de palangre con calados poco profundos».

Y añade que cualuiera parte contratante «que logre y mantenga una cobertura de observadores científicos del 10 % y cumpla los requisitos de comunicación de datos puede solicitar una exención con respecto al párrafo 1 a) para uno o más de sus pesquerías de ICCAT mencionadas anteriormente, presentando la información científica pertinente del SCRS. El SCRS evaluará dicha información y asesorará a la Comisión sobre las interacciones y la mortalidad de las tortugas marinas. La Comisión tomará decisiones sobre cualquier exención solicitada a la luz del asesoramiento del SCRS».

El documento aclara que «en general, se consideran pesquerías que realizan calados poco profundos aquellas en las que la mayoría de los anzuelos pescan a menos de 100 metros de profundidad, tal y como lo determina el SCRS». En cuanto al anzuelo circular, explica que se refiere a los que son de «punta girada en forma perpendicular hacia el vástago adoptando una forma generalmente circular u oval. Las CPC deberían adoptar el uso de anzuelos circulares con una inclinación de no más de 10 grados».

Además, la flota de palangre de superficie española y más concretamente la gallega, a través de la organización de Productores Pesqueros de Burela (OPP-07), la organización de Palangreros Guardeses (ORPAGU), la organización de Productores de Pesca del Puerto y Ría de Marín (OPROMAR), la organización  de Productores Nacional de Palangre de Altura (OPNAPA) y la Asociación Nacional de Empresas Comercializadoras y Transformadoras de Especies Altamente Migratorias (ANECTEAM) lleva desde 2019 con un proyecto de mejora pesquera FIP BLUES con el objetivo de mejorar la sostenibilidad ambiental de la pesquería de palangre de superficie.

Este proyecto, que ya está aplicándose en los buques de las mencionadas organizaciones progresa positivamente con la implementación de distintas medidas, de gestión, de manejo o buenas prácticas a bordo y también de tareas relacionadas con la estrategia pesquera, entre otras, el aumento de datos de observadores científicos (presencial y electrónica), talleres de formación para el manejo seguro y liberación de especies ETP, entre ellas, especies de tiburones, tortugas marinas, mamíferos marinos y aves marinas. El pasado 4 de julio este proyecto FIP BLUES fue presentado en el Parlamento Europeo (PE) para que los eurodiputados conocieran de primera mano como ha evolucionado desde 2019.

Por lo que, dirigentes y miembros de la NOAA tomen nota, rectifiquen su informe y también sería bueno que invitaran a los miembros del FIP BLUES  para hacerles participes de este proyecto.