Condenan a la empresa del Hospital Álvaro Cunqueiro por no pagar todo el impuesto de la concesión

Ángel Paniagua Pérez
Ángel Paniagua VIGO / LA VOZ

VIGO

M.Moralejo

El Tribunal Superior también sentencia que debe cambiar el sistema de control de fallos

12 sep 2021 . Actualizado a las 21:57 h.

Las relaciones entre el Servizo Galego de Saúde y la empresa que construyó el Hospital Álvaro Cunqueiro y que explota los servicios no clínicos de este centro sanitario siguen mediadas por los jueces. Desde que el Cunqueiro empezó a funcionar, en el 2015, ha ido a los tribunales en más de una decena de ocasiones para pleitear contra el Sergas para reclamarle más dinero. Pero no siempre gana. Recientemente, la concesionaria ha perdido dos sentencias en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, una de ellas millonaria.

Se trata de un pleito por el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, el mismo que se paga cuando se firma una hipoteca. La sociedad constructora tuvo que abonarlo al hacerse con la concesión. Depositó 1,1 millones de euros. Pero ya en el 2015, la Axencia Tributaria de Galicia (Atriga) hizo una inspección y concluyó que la concesionaria debía haber abonado 4,4 millones.

La concesionaria recurrió en vía administrativa, en vía judicial en primera instancia y ahora el TSXG ratifica el fallo inicial, por lo que la concesionaria tendrá que abonar unos 3,5 millones extras a la hacienda pública. Le cabe recurso de casación.

El fondo del asunto es técnico. Cuando en el año 2035 concluya la concesión del hospital, la sociedad tendrá que traspasar al Sergas el inmueble del hospital, el mobiliario y toda la inversión que allí haya. Para calcular cuánto se paga por este impuesto al inicio de la concesión, se toma como base el valor que se estima que tendrán los bienes cuando esta concluya. La empresa razonaba que como el Sergas le paga cada mes por la gestión de los servicios no clínicos, las cantidades que se van pagando ya están sufragando los bienes, y por lo tanto restaba parte de los pagos que iba a hacer el Sergas hasta el final de la concesión. Todos los tribunales le han dicho que eso es incorrecto y que debe pagar más.

La Sociedade Concesionaria Novo Hospital de Vigo es una unión de empresas que en origen tenía a la constructora Acciona como socio mayoritario. Ahora, está controlada por fondos de inversión: entre el francés Meridiam y el británico-luxemburgués River Rock poseen el 60 % de esta sociedad. El hospital de Vigo es el único de Galicia construido por una empresa que financió la obra y que, igual que una autopista, lo explota durante varios años, en este caso dos décadas. Durante este tiempo la Administración le paga una cantidad para devolverle lo que le costó la obra y otra por la gestión de los servicios no clínicos. Son más de 70 millones al año.

En esa gestión, el Sergas puede imponer penalizaciones cuando la calidad de los servicios prestados es insuficiente. Para ello, se basa en un sistema informático que, por contrato, tenía que pagar y poner en marcha la propia concesionaria. La segunda sentencia del TSXG se refiere a este programa.

Este sistema sirve para gestionar cada uno de los servicios no clínicos que tiene adjudicados -lavandería, cocina, mantenimiento... y así hasta doce- y para registrar las incidencias. Tiene unos indicadores que miden el desempeño y los fallos de calidad y disponibilidad en los que luego se basan las penalizaciones. Por ejemplo, si la comida es mala o las habitaciones están sucias.

En el año 2017, el Sergas le ordenó a la concesionaria que modificase varios aspectos del sistema informático. La concesionaria se negó: dijo que sería un gasto y que hasta el momento no había habido discrepancias en el cálculo de las penalizaciones. Consideraba que la modificación era arbitraria y económicamente inasumible.

Pero el Sergas había detectado fallos e insistió. La concesionaria también recurrió a los tribunales en este caso y acabó llegando al Superior gallego. El alto tribunal considera que no había debate: en los pliegos del contrato firmado entre el Sergas y la concesionaria «las normas estaban claras y debían cumplirlas en sus propios términos las partes contratantes». Esas normas establecen que el Sergas puede pedir cambios en el sistema informático y estos van a costa del concesionario.

El Sergas ha perdido otros pleitos, como el de muebles contratados a la concesionaria y que nunca se instalaron y el del IVA que esta pagaba al tipo reducido de forma ilegal.