Desmontan el intento de un divorciado de quedarse dos yates, pisos y un dúplex a nombre de su exmujer

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Imagen de archivo del interior de la Cidade da Xustiza
Imagen de archivo del interior de la Cidade da Xustiza Oscar Vázquez

El exmarido argumentó que él puso el dinero de su bolsillo para adquirir los bienes y que era privativo porque se lo habían donado sus padres antes de casarse

05 may 2024 . Actualizado a las 01:58 h.

Un divorciado tendrá que compartir con su exmujer numerosos bienes que había puesto a nombre de ella pero que él consideraba privativos y de su exclusiva propiedad y sobre los que tenía el dominio. Entre estos bienes figuraban dos yates, un dúplex, una vivienda con dos plazas de garaje y trastero, un apartamento, un estudio y dinero. Este patrimonio estaba formalmente a nombre de su esposa, divorciada en el 2017, y él pedía que se lo restituyese. Recordó que ambos se casaron en 1999 bajo el régimen de separación de bienes. Sin embargo, una sentencia de la Audiencia en Vigo, dictada el pasado 12 de febrero, otorga esos bienes a su exesposa ante el vacío probatorio. No hay nada que pruebe que él, realmente, hubiese efectuado las compras y pagos con su propio dinero como dice.

Todo empezó cuando el exmarido pidió en el 2020 al juez que le declarasen a él legítimo propietario de dichos inmuebles y que también anulase la inscripción de un yate en el Registro Marítimo Español a nombre de su exmujer. Sus pretensiones fueron rechazadas por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo.

El divorciado alegó que su exmujer solo asumía una titularidad meramente formal. Contó que él percibía elevados ingresos por su participación en un negocio familiar y por las donaciones que le hicieron sus padres en los años 80 y 90. De esta forma, él acumuló un considerable patrimonio que incluía coches de alta gama, embarcaciones y dinero en efectivo, con el que hizo inversiones en la compra de inmuebles que ahora reclama a su exmujer que le devuelva.

Explicó que el dúplex que compraron en 1998 y donde vivía el matrimonio estaba a nombre de su exmujer y sus suegros pero era él quien había puesto los fondos de su propio patrimonio y quien pagaba la hipoteca.

La Audiencia examinó los documentos de la compra de la vivienda conyugal y ninguno acredita la titularidad del marido ni que él hubiese puesto el dinero. Tampoco justificó el exmarido que los pagos de las cuotas de la hipoteca los hiciese a cargo de sus bienes privativos. Ni demostró que, en aquel momento, tuviese dinero suficiente para hacer dichas compras.

Él alegaba que era él quien tenía más patrimonio y capacidad económica para hacer las compras. Pero la Sexta Sección de la Audiencia le replica que ambos trabajaban en la empresa de los padres de ella y él cobraba un salario de 623 euros al mes y su esposa de 2.369.