Indemnizarán con 7.500 euros a una cocinera despedida tras caer en el trabajo y estar de baja

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Marcos Miguez

La Justicia avala que esta empleada de Vigo perciba una indemnización por haber sido discriminada debido a su enfermedad sin que la empresa le buscase un puesto adaptado

15 dic 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado indemnizar con 7.501 euros a una cocinera que resbaló a finales del 2022 en un restaurante, estuvo de baja y sufrió una incapacidad para levantar pesos de más de 9 kilos y la despidieron por no poder desarrollar su labor. El TSXG, en una sentencia del 6 de noviembre, anuló el despido porque la empresa la discriminó por enfermedad y no le buscó otro puesto al que adaptarse.

El caso fue estudiado por el Juzgado de lo Social número 3 de Vigo en el 2004, el cual declaró nulo el despido, ordenó readmitir a la trabajadora, abonarle los atrasos e indemnizarla con 7.501 euros por los daños y perjuicios por la vulneración de un derecho fundamental, en este caso por haber sido discriminada por enfermedad.

La empresa recurrió ante el TSXG pero este le replica que debería haber probado la completa ineptitud de la trabajadora lesionada pues su obligación era adaptar el puesto. Sin embargo, se limitó a despedirla en base a un informe médico sin tratar de cambiarla de puesto o probar que no lo tenía.