Anulan una multa de 91.000 euros que impuso Sanidade a una empresa dietética

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

En una imagen de archivo, la sede de la Consellería de Sanidade y del Servizo Galego de Saúde (Sergas), en el complejo administrativo de San Lázaro, en Santiago
En una imagen de archivo, la sede de la Consellería de Sanidade y del Servizo Galego de Saúde (Sergas), en el complejo administrativo de San Lázaro, en Santiago XOAN A. SOLER

El Tribunal Superior de Xustiza concluye que dicha sociedad ya había sido sancionada por la Audiencia en Vigo por un importe menor

04 ene 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Galicia ha anulado una multa de 91.002 euros que la Consellería de Sanidade impuso en el 2016 a una comercializadora de productos dietéticos en la Estrada de Moledo, en Vigo, por la comisión de dos infracciones, una muy grave y otra grave, relativas al uso y envasado de sustancias y mezclas químicas. La razón es que la empresa había sido condenada en un juicio a pagar 72.000 euros de multa y la Xunta le puso otra de mayor cuantía.

Los inspectores de la Xunta localizaron en el 2015 fenacetina (analgésico y antipirético) sin registras y sin advertencias de su peligrosidad ni ficha de seguridad en español en una partida de una tonelada de productos que los empresarios habían adquirido en China. Habían vendido media tonelada a Portugal. La Administración gallega ya le había avisado de que no podían seguir comercializando fenacetina. La Audiencia de Pontevedra condenó a los dos directivos por un delito de salud pública referido a medicamentos a seis meses de cárcel y, por la tenencia de precursores de drogas, a una sanción de 72.000 euros. Pero luego el TSXG les absolvió del delito de salud pública y mantuvo la multa.

En una sentencia del 11 de noviembre del 2024, el TSXG anula la multa de la Xunta porque no se puede castigar el hecho con pena mayor a la que impuso la Audiencia en Vigo.