El fiscal rebaja la petición de pena al acusado de intentar matar a un vecino en Outes

Christopher Rodríguez
Christopher rodríguez RIBEIRA / LA VOZ

OUTES

Víctor Manuel Nimo Nieto ha sido condenado por intentar matar a un vecino atropellándolo en Outes.
Víctor Manuel Nimo Nieto ha sido condenado por intentar matar a un vecino atropellándolo en Outes. Marcos Miguez

El Ministerio Público considera que debe reducirse la responsabilidad de Víctor Manuel Nimo Nieto, autor confeso del atropello, debido al trastorno psíquico que padece

10 ene 2024 . Actualizado a las 21:19 h.

El juicio contra Víctor Manuel Nimo Nieto, vecino de Outes acusado de intentar matar a un hombre atropellándolo en la localidad, ha quedado visto para sentencia. La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña fue escenario de la segunda sesión de la vista en la que la Fiscalía rebajó su petición de pena al considerar que debe aplicarse una eximente incompleta a Nimo Nieto debido a la discapacidad psíquica que padece. En un principio el fiscal solicitaba que se le impusieran 9 años de cárcel por un homicidio en grado de tentativa, reduciéndolo ahora a cuatro años y medio al tener en cuenta su trastorno.

En cuanto a la acusación particular, mantiene su petición de 11 años de prisión. Por su parte, la defensa pide la absolución total del acusado al considerarlo inimputable. La otra opción que plantean es que los hechos se consideren un delito de lesiones y no un intento de homicidio. También solicita que se tenga en cuenta que Nimo Nieto ha confesado los hechos y que ya se ha abonado buena parte de la responsabilidad civil que se pedía en un principio, aunque se presume que esta se vea aumentada hasta cerca de los 22.000 euros.

En la segunda sesión del juicio el protagonismo recayó, principalmente, en el testimonio de un perito médico, que explicó que el de Nimo Nieto era un caso «pluripatológico con la función intelectual y cognitiva afectada». Según el experto, que atendió al acusado horas después del atropello, desestimó el internamiento involuntario porque estaba «psicológicamente estable», ya que era consciente de los hechos. «Aparentemente estás ante una persona normal, pero es un hombre con una patología endógena delirante que puede ser crónica», apuntó.

De esto ya había constancia en un informe que se le realizó a Nimo Nieto en el 2019, en el que se habla de que sufre una dinámica delirante. Además, en una prueba posterior el acusado reconoció que se había planteado atropellar a su vecino por un conflicto del pasado.

La medicación

El atropello tuvo lugar el 4 de julio del 2022 en la carretera de la playa de Broña, en Outes. El encausado reconoció los hechos en todo momento, aunque en la primera sesión del juicio aseguró que solo lo hizo para «darle un susto» a su vecino y no para matarlo.

Uno de los factores más importantes en este caso es el hecho de que Nimo Nieto declaró no acordarse de nada porque estaba sin medicación, un detalle que puso en valor el perito médico durante su explicación en la sala.

Aseguró que sería conveniente que el autor del atropello estuviese ingresado en una institución mental sometido a un riguroso control de su medicación, ya que de lo contrario sería una «bomba de relojería».

En la sesión del miércoles también participó un perito experto en la reconstrucción de accidentes de tráfico, que ilustró la naturaleza del choque a través de un informe. Un testigo narró en la primera jornada de la vista oral que el vehículo pilotado por Nimo Nieto invadió el carril contrario para atropellar a su vecino cuando este tiraba la basura. Está previsto que la sentencia se conozca la semana que viene.

La eximente incompleta, una fórmula legal para reducir castigos

El Código Penal establece la existencia de circunstancias que eliminan toda o parte de la responsabilidad penal al sujeto que a cometido un delito. Esa fórmula legal se conoce como eximente y será completa o incompleta en función de cada caso. En la lista de posibilidades que se tienen que dar para poder aplicarse este mecanismo destacan que el autor padezca cualquier anomalía psíquica que le impida conocer la ilicitud del hecho o sufrir graves alteraciones de la realidad. No debe confundirse eximente con atenuante, ya que este no elimina la responsabilidad del procesado.