La deducción fiscal por mejora energética de la vivienda podrá aplicársela el dueño, no el inquilino

La Voz MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Paneles solares en una vivienda gallega
Paneles solares en una vivienda gallega Carmela Queijeiro

Hacienda solo permite descontarse fiscalmente las obras al propietario, aunque el inmueble esté arrendado

25 nov 2024 . Actualizado a las 19:18 h.

Mejorar la eficiencia energética de las viviendas para velar por la sostenibilidad del planeta y, a la vez, ahorrarse unos euros en la declaración de la renta. Ese es el doble objetivo con el que muchos ciudadanos se han planteado realizar cambios en sus hogares, aprovechando las deducciones que el Ejecutivo aprobó en el 2021, para emplear los fondos europeos activados para dinamizar la economía tras la pandemia. Pero la Dirección General de Tributos (DGT), en respuesta a una consulta ciudadana el pasado mes de septiembre, ha echado un jarro de agua fría sobre las aspiraciones de numerosas personas que viven de alquiler, ya que aclara que el ahorro fiscal únicamente será aplicable al propietario de la vivienda en la que se realizan las obras.

La consulta la realizó un hombre que vivía de alquiler desde el año 2020 y que ejecutó obras de mejora energética en el inmueble. Sin embargo, la Administración ha sido clara al asegurar que «dado que la vivienda objeto de la consulta no es propiedad del consultante, este no podrá aplicarse ninguna de las deducciones [...] al incumplir uno de los requisitos exigidos por la normativa».

Cabe recordar que las deducciones para la mejora energética introducidas en la Ley del IRPF tenían carácter temporal y concluyen en este ejercicio. Fueron de tres tipos.

Entre el 20 y el 60 % del coste

Una de ellas consistía en la realización de obras en la vivienda habitual (o en cualquier otro inmueble de su propiedad que estuviera destinado al alquiler habitual). En este caso, Hacienda permitía deducir el 20 % del coste de la reforma en el IRPF, con un límite máximo de 5.000 euros y una exigencia de reducción del consumo energético del 7 %.

Otra de las modalidades elevaba hasta el 40 % la rebaja fiscal del IRPF —de nuevo con un máximo, que en este caso se eleva a los 7.500 euros—. Las condiciones son que la obra reduzca en un 30 % el consumo de energía no renovable o, en su defecto, mejore la calificación energética del hogar a clase A o B.

El último tipo de ayuda fiscal trasciende los inmuebles individuales y se centra en la mejora energética de los edificios residenciales. En concreto, supone una deducción del 60 % del importe de la obra, hasta un máximo de 15.000 euros, siempre que la mejora de la eficiencia rebaje un 30 % el consumo o que el bloque logre la calificación A o B.