Las elecciones catalanas podrían celebrarse a finales de enero o principios de febrero

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

El presidente de la Generalitat, Quim Torra y su vicepresidente, Pere Aragonés, durante el pleno del Parlamento catalán
El presidente de la Generalitat, Quim Torra y su vicepresidente, Pere Aragonés, durante el pleno del Parlamento catalán Andreu Dalmau

Aragonès asumirá la presidencia de forma provisional, pero la ley y el reglamento de la cámara establecen que debe haber un candidato a la investidura en diez días y que, si nadie logra la mayoría en dos meses, se disuelva el Parlamento autonómico

29 sep 2020 . Actualizado a las 10:16 h.

La confirmación por parte del Tribunal Supremo de la sentencia que condena por desobediencia a Joaquim Torra y por tanto lo inhabilita como presidente de la Generalitat abre un período de actos tasado para proceder a su relevo provisional y elegir posteriormente un nuevo presidente catalán. La inestabilidad política en Cataluña hace sin embargo que ese proceso esté plagado de incertidumbres ante la intención de los partidos independentistas de bloquear el proceso sin presentar un candidato a la investidura. Estos son los plazos normativos establecidos.

¿Quién tiene que asumir la presidencia de la Generalitat?

La ley de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno catalán, y el reglamento del Parlamento de Cataluña, establecen que cuando un presidente es despojado de sus atribuciones por «condena penal firme que conlleve la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos» será el vicepresidente del Gobierno autonómico, en este caso Pere Aragonès, de ERC, quien asuma la presidencia «en sustitución». Además, todos los consejeros pasan desde ese momento a estar en funciones.

¿En qué momento deja Torra de ser presidente?

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), ya ha ejecutado la sentencia del Tribunal Supremo y ha hecho efectiva la inhabilitación de Joaquim Torra como presidente. Ya no puede, por tanto, convocar elecciones. Ha perdido el control de la situación y el reloj del tiempo político en Cataluña. El Gobierno español tiene ahora que publicar en el Boletín Oficial del Estado el real decreto de inhabilitación de Torra. Luego, el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) tiene que publicarlo también, reproduciendo el decreto con las firmas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y del rey Felipe VI. Los letrados de la cámara autonómica consideran que no será hasta ese momento cuando Torra deje de ser presidente de la Generalitat. El TSJC ha instado instado, además, a que se oficie al vicepresidente del Gobierno catalán, Pere Aragonès, para que comiencen los trámites para la sustitución interina de Torra.

¿Quién debe aprobar el nombramiento del nuevo presidente?

Existen dudas. El nombramiento debería aprobarse mediante un decreto. Y, en teoría, los decretos solo puede aprobarlos un Gobierno que no esté en funciones. Probablemente Aragonès convoque al Consejo Ejecutivo de la Generalitat y este aprobaría el decreto de su nombramiento.

¿Puede Aragonès convocar elecciones?

No. La legislación catalana establece que en este caso el vicepresidente asume el cargo con la limitación de que no puede disolver el Parlamento autonómico y convocar elecciones. Tampoco puede plantear una cuestión de confianza, ni nombrar nuevos consejeros ni destituir a ninguno de los actuales. Aragonès tampoco podría aprobar proyectos de ley y por tanto tampoco sacar adelante unos presupuestos. Sí podría aprobar decretos ley si se considera que hay necesidad «extraordinaria y urgente». En la práctica, Aragonès y el resto de consejeros deberán limitarse al despacho ordinario de asuntos.

¿Hay que investir a un nuevo presidente catalán o Aragonès puede seguir?

Hay que investir a un nuevo presidente. El nombramiento de Aragonès es provisional. A partir de que la inhabilitación de Torra se publique en el Boletín Oficial del Gobierno de la Generalitat, el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, tiene un plazo de diez días para proponer a un candidato y convocar un pleno de investidura. Queda a su criterio decidir si quien se postula tiene o no apoyos suficientes como para proponer su candidatura. La mayoría independentista estudia no presentar ningún candidato, lo que bloquearía el proceso.

¿Quién puede ser candidato?

Al contrario de lo que ocurre con el candidato a ser investido presidente del Gobierno español, que puede ser cualquier persona, el Estatuto catalán establece que para ser candidato a la investidura de la presidencia de la Generalitat se debe ser diputado del Parlamento autonómico. Algo que cierra la puerta a posibles maniobras del independentismo, como postular como candidato al expresidente catalán Carles Puigdemont o alguno de los otros fugados de la Justicia. Tampoco puede ser candidato el líder de ERC, Oriol Junqueras, actualmente eurodiputado aunque se encuentra en prisión condenado por sedición.

¿Qué pasa si nadie logra ser investido?

La ley dice que una vez que se vota una investidura, si esta resulta fallida se abre un pazo de dos meses tras los que, si nadie logra ser investido en sucesivas convocatorias, se disolverá el Parlamento autonómico y las elecciones se celebrarían 54 días después de vencido ese plazo.

Pero, ¿qué pasa si no hay ningún candidato?

Si Torrent no presenta a ningún candidato, en teoría los dos meses de plazo no empezarían a correr. Ante esa posibilidad, los servicios jurídicos de la cámara catalana establecieron que el presidente del Parlamento autonómico pueda dar inicio a ese plazo de dos meses mediante un acto, que no debería ser obligatoriamente un pleno, en el que se constataría que no hay aspirante. Algo similar a lo que ya ocurrió en 2003 la Comunidad de Madrid tras el conocido como «tamayazo», que obligó a repetir las elecciones. Entonces, fue un dictamen del Consejo de Estado el que permitió establecer el procedimiento. Aún así, para Torrent sería complicado, en caso de que el independentismo no presente aspirante, vetar la candidatura a la investidura de un diputado de otros grupos, como Ciudadanos, ganador de las elecciones, aunque no cuente a priori con los apoyos suficientes

¿En qué fecha podrían celebrarse las nuevas elecciones si se evita el bloqueo?

Si se cumplen los plazos establecidos por la ley y por tanto se convoca una sesión de investidura antes de diez días tras la inhabilitación, en caso de que nadie resulte elegido en los dos meses siguientes las nuevas elecciones podrían celebrarse aproximadamente 31 de enero o el 7 de febrero. Esta última fecha es la que apuntan los independentistas como más probable. En este calendario puede influir, sin embargo, la situación de pandemia que atraviesa España. En el caso de Galicia y País Vasco, la crisis del coronavirus obligó a posponer sin fecha prevista las elecciones autonómicas previstas para abril y que finalmente se celebraron en julio.

¿Sigue activo el Parlamento catalán?

Sí. Durante el proceso de sustitución de Torra, y hasta que se convoquen elecciones, si las hay, el Parlamento autonómico mantiene sus funciones. Podrá por tanto seguir tramitando las iniciativas legislativas ya en marcha y convalidar decretos ley urgentes.