Estaba ingresada en Urgencias
17 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha admitido el recurso de apelación por el que condena al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con unos 60.000 euros a los cincos hijos de una paciente fallecida de un infarto de miocardio a las pocas horas de ingresar en el Arquitecto Marcide por pérdida de oportunidad terapéutica. Así lo destaca la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos le han llevado el asunto por el que el TSXG admite el recurso de apelación contra una sentencia de un juzgado Contencioso de Santiago que «solo había otorgado indemnización al viudo» de A.L., de 70 años y vecina de Narón (A Coruña).
La paciente, que ingresó en Urgencias del Marcide en julio de 2013, falleció ese mismo día en el centro hospitalario. Así, en una sentencia con fecha 7 de marzo de 2018, «se da la razón a los cinco hijos de la fallecida al considerarlos perjudicados por el fallecimiento de su madre». En este sentido, explica que el juez de lo Contencioso fundaba su sentencia en que, al no haber habido mala praxis sino pérdida de oportunidad terapéutica por no examinar de forma precoz una radiografía pedida con anterioridad al fallecimiento, pero que no fue informada a tiempo, «quizás las decisiones terapéuticas con la paciente hubiesen sido otras y el tratamiento distinto».
Sin embargo, la paciente falleció de un infarto agudo de miocardio tras pocas horas en el servicio de urgencias, después de haber ingresado por un dolor abdominal, diarrea y vómitos, explicó el servicio jurídico del letrado Cipriano Castreje. El TSXG señala en su sentencia que «el hecho de que el fallecimiento haya tenido lugar a consecuencia de una defectuosa asistencia sanitaria o mala praxis, por una pérdida de oportunidad, no elimina la posibilidad de que los familiares más directos de la víctima pierdan interés legítimo en reclamar una indemnización a su favor».