El Tribunal Supremo permite que el reglamento gallego de viviendas turísticas siga vetando el alquiler por habitaciones
GALICIA
La Xunta había presentado un incidente de nulidad contra la sentencia del Alto Tribunal que tumbaba varios artículos del decreto
08 ene 2020 . Actualizado a las 17:34 h.El decreto de la Xunta que regula las viviendas de uso turístico en la comunidad desde el año 2017 seguirá en vigor al completo, incluidos los artículos que prohiben su alquiler por habitaciones y que habían sido anulados a finales de octubre por el Tribunal Supremo.
El gobierno gallego presentó en noviembre un incidente de nulidad contra la decisión del Alto Tribunal, al entender que la prohibición marcada en los dos artículos tumbados ya estaba recogida en una norma autonómica anterior, del año 2011, que no fue recurrida. Una cuestión más de forma que de fondo que, sin embargo, ha dado fruto, ya que, según informa la propia Xunta, el Supremo acaba de anular la sentencia que invalidaba la prohibición de alquilar por estancias.
«Esta decisión supón o respaldo ao defendido pola Xunta nas últimas semanas e dá plena vixencia á nosa normativa sobre o alugueiro turístico», considera el Ejecutivo autonómico. Así, las viviendas de uso turístico que operen en la comunidad tendrán que seguir comercializándose en su totalidad, es decir, no se podrán alquilar por habitaciones sueltas, sino como una única unidad.
La Xunta entiende que las sucesivas decisiones judiciales, que fueron desestimando distintas demandas contra el reglamento gallego presentadas entre otros por la Abogacía del Estado, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o la Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia (Aviturga), avalan «unha normativa razoable» que, a su juicio, «regula con eficacia un fenómeno global como o das vivendas de uso turístico».