El Supremo anula parte del real decreto sobre el acceso al mir por alterar el sistema de adjudicación de plazas

La Voz REDACCIÓN

GALICIA

Examen mir en la USC en una foto de archivo
Examen mir en la USC en una foto de archivo XOAN A. SOLER

Afirma que la reforma suprimía el derecho a ejercer la conformidad previa a los aspirantes a sus plazas de los hospitales privados en la residencia. El Ministerio de Sanidad confirma que la sentencia no afecta a la convocatoria mir del 2024

19 oct 2023 . Actualizado a las 16:55 h.

El Tribunal Supremo ha anulado parte del real decreto que regula las especialidades en Ciencias de la Salud y las pruebas de acceso a plazas mir por haber suprimido el derecho a conformidad previa a los aspirantes por parte de los hospitales privados sin haber dado trámite de audiencia a los mismos sobre ese aspecto esencial durante el proceso de elaboración de la norma.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso de la Universidad de Navarra-Clínica Universidad de Navarra y reconoce la concurrencia del vicio en el procedimiento de elaboración de la norma y la nulidad de algunos apartados del real decreto.

El Supremo recuerda que el trámite de audiencia e información pública se hizo sobre el proyecto inicial de la norma reglamentaria y su memoria de análisis de impacto normativo, de abril de 2021, que mantenía en el texto el derecho de conformidad previa a los aspirantes a acceder a plazas de centros hospitalarios privados incluidas en la convocatoria para el mir.

Sin embargo, el texto fue reformado en diciembre del 2021, suprimiéndose dicho derecho, existente hasta entonces en la normativa, lo que era un cambio sustancial sobre el que debió realizarse un nuevo trámite de audiencia, según el Supremo.

La cuestión que debía determinar el Supremo era si el cambio introducido durante el procedimiento de elaboración de la norma y después del trámite de audiencia e información pública puede calificarse de sustancial por afectar a aspectos nucleares del proyecto.

La sala concluye al respecto que «es evidente que la reforma afecta a un aspecto esencial aplicable a las normas reguladoras del acceso a las plazas pues altera el sistema de adjudicación de plazas que es uno de los aspectos esenciales del sistema de residencia para el acceso a la formación sanitaria especializada».

Esto, unido al hecho de que no se dio un nuevo y segundo trámite de audiencia a los titulares de centros privados afectados por el cambio del sistema, que era exigible, lleva al Supremo a declarar la nulidad parcial del real decreto impugnado.

El Ministerio de Sanidad ha confirmado que la sentencia no afecta a la convocatoria mir 2024, cuyas pruebas se celebrarán el 20 de enero.