Condenado a 15 meses de cárcel el sospechoso de abusar de un compañero de residencia asistencial en Bóveda
BÓVEDA
El tribunal no se cree la versión del acusado, que decía que si lo pillaron agarrando a la víctima por detrás fue porque estaba tratarlo de echarlo de su cuarto de baño
08 jun 2021 . Actualizado a las 19:16 h.El hombre juzgado por abusar de un compañero de residencia asistencial en Bóveda ha sido condenado a 15 meses de cárcel. El tribunal lo considera culpable de un delito de abuso sexual, pero aplica una pena sensiblemente menor a la solicitada por la Fiscalía porque cree que los agravantes que quería aplicar la Fiscalía no son de aplicación en este asunto. Además, la sentencia impone una responsabilidad civil relativamente escasa, de 2.000 euros, porque el agredido presenta desde hace tiempo un deterioro psicológico tal que no parece ni haberse enterado de lo sucedido.
Los hechos ocurrieron a primera hora de la noche del 28 de diciembre del 2017 en la residencia para personas con discapacidades físicas que hay en Bóveda, cuando la víctima se metió en la habitación del ahora condenado y fue hacia el cuarto de baño. El acusado aprovechó entonces para empujarlo contra la pared, bajarle los calzoncillos y después de bajarse también él los suyos empezar a frotarse contra él. La sentencia describe además cómo una trabajadora vio la escena y corrió a avisar a unas compañeras, que fueron con ella a la habitación y pararon la agresión.
Durante el juicio, que se celebró el pasado 19 de mayo en la Audiencia Provincial de Lugo, el acusado trató de exculparse diciendo que si las trabajadoras lo sorprendieron agarrando por detrás a su compañero de residencia fue porque trataba de evitar que orinase en la ducha. La sentencia descarta esta posibilidad, entre otras cosas porque entre el momento en que la primera trabajadora vio lo que pasaba y volvió con ayuda para separarlos pasaron unos minutos. "Demasiado tiempo en la misma posición", como para aceptar que solo quería echar del baño a la víctima.
La sentencia tiene en cuenta también que el proceso admitió lo que había hecho aquel mismo día a unos trabajadores del turno de noche. En esa confesión, que el tribunal pudo escuchar porque está grabada, el hombre «reconoce que tocó» a la víctima y añade «que no debía haberlo hecho».
La revisión médica a la que fue sometida la víctima en el hospital de Monforte constató que no había sufrido penetración anal.
La condena que pedía la Fiscalía era de 3 años y medio. Igual que la sentencia, la acusación pública interpreta que la de abuso sexual es la figura delictiva que corresponde aplicar en este caso, pero proponía una pena más alta. En cambio, los jueces que firman la sentencia tienen en cuenta que no hubo penetración y no creen probado que el procesado tuviese intención de cometer una agresión de ese tipo.