Condenado por blanqueo Pepe Pallana, el narco que derrochaba en coches de alta gama y carreras de karts para su hijo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

RAMÓN LEIRO

La Audiencia de Pontevedra le acaba de condenar a tres años y medio de cárcel en una sentencia en la que también se imponen penas a su exmujer y su madre

28 feb 2024 . Actualizado a las 19:15 h.

José González Rolán, alias Pepe Pallana, ha sido condenado por la Audiencia de Pontevedra a tres años y medio de cárcel y al pago de una multa de 5.100.000 euros por blanqueo de capitales derivados del tráfico de drogas. A la hora de cuantificar la pena, el tribunal tuvo en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas.

En la misma resolución, que es recurrible, se impone a su exmujer, como cooperadora necesaria de un delito de blanqueo de capitales derivado del tráfico de drogas, con las atenuantes de dilaciones indebidas y de confesión tardía, un año de cárcel y 1.500.000 euros de multa. En el caso de su sobrino, y como autor de un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave, con la atenuante de dilaciones indebidas, la pena es de siete meses y multa de 400.000 euros.

Tras la celebración del juicio el pasado mes de julio, los magistrados concluyeron que «concurren indicios de signo incriminatorio suficientes para enervar la presunción de inocencia del acusado y considerar acreditada la realización, directamente o a través de terceras personas, de los concretos actos de blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas». De este modo, consideran acreditado que Pepe Pallana, «con la finalidad de esconder y evitar que se conociese su procedencia ilícita, llevó a cabo diversas inversiones y transformaciones de las ganancias obtenidas como consecuencia de la actividad delictiva de tráfico de drogas, creando una apariencia de licitud para dichos capitales y permitiendo su introducción en el tráfico mercantil ordinario».

Se trata de «inversiones y transformaciones del dinero de origen delictivo» que fueron realizadas directamente por este último, si bien, en otros casos, se sirvió de terceras personas —su sobrino, la que por entonces era su esposa y su madre, ya fallecida—, quienes «participaron en tales actos y negocios jurídicos de forma libre y voluntaria». De hecho, en el caso concreto de su exmujer y su madre, se remarca que eran «plenamente conscientes, simulando ser propietarias de bienes que realmente le pertenecían al condenado y con conocimiento, tanto de la procedencia delictiva de los capitales empleados para su adquisición como de la finalidad perseguida de ocultación de su origen ilícito».

A la hora de establecer la relación de Pallana con el narcotráfico se refiere la existencia de «dos condenas penales por hechos de tal naturaleza que constan documentalmente acreditadas en el procedimiento». En este punto, se subraya que tenía un «nivel de vida no justificado por sus ingresos legales acreditados», como es «la utilización habitual de vehículos de alta gama para sus actividades privadas y las de su familia» y a la «adquisición de bienes muebles de elevado coste (así, un abrigo de astracán, con un precio inicial de 3.750 euros, o los dos relojes intervenidos en el momento de su detención y práctica de registros domiciliarios, con un precio en el mercado de segunda mano de 4.100 y 3.200 euros)».

De igual modo, se alude al «mantenimiento de los gastos ordinarios de los inmuebles cuya titularidad se le atribuye, directa o través de terceras personas físicas o jurídicas (dos inmuebles en A Guarda, uno en Tomiño, uno en Baiona y dos en Torrevieja) o el coste de sufragar la práctica y participación de su hijo en la actividad de carreras de karts».

En la sentencia, la Audiencia de Pontevedra ha acordado el comiso definitivo y adjudicación al Estado de los bienes, medios, instrumentos y ganancias derivadas de los delitos cometidos. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.