El TSXG valida la obligatoriedad del certificado covid en residencias, gimnasios y eventos multitudinarios

SOCIEDAD

Fernando Montero, de Casa Rogelio de Baio, comprueba el certificado covid de un cliente
Fernando Montero, de Casa Rogelio de Baio, comprueba el certificado covid de un cliente ANA GARCIA

Prorroga su utilización en la hostelería, el ocio nocturno, los hospitales y los albergues turísticos

16 dic 2021 . Actualizado a las 18:25 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de autorizar a la Xunta de Galicia para exigir en toda la comunidad autónoma el certificado para acceder «aos centros sociosanitarios residenciais de maiores e de persoas con diversidade funcional, a instalacións pechadas nas que se practique actividade física e deportiva non federada, a piscinas cubertas e a eventos multitudinarios ou a aqueles que teñan autorizada a venda de alimentos ou bebidas para o consumo no seu interior», tal como informa el Tribunal en un comunicado.

La medida entrará en vigor a las 00.00 horas del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), es decir, probablemente del viernes para el sábado, y estará en vigor hasta el próximo 18 de enero.

Los magistrados también prorrogan la obligatoriedad de presentar este pasaporte sanitario, que registra la vacunación con pauta completa, el haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses o una prueba diagnóstica negativa reciente, para los acompañantes de pacientes en los centros hospitalarios y lo amplía a «aos hospitais de día para tratamentos oncolóxicos e de diálises e aos hoteis de pacientes».

El Tribunal destaca que las personas no vacunadas tienen la alternativa de presentar una prueba negativa y justifican estas medidas porque permiten a los espacios indicados mantener su actividad, «en situacións en que se aprecia o incremento de riscos de contaxio, polas características peculiares de actividade, que deben ser adecuadamente controladas, ou polas características de especial vulnerabilidade que concorren».

Además, recalcan los jueces que el hecho de que el certificado «non elimine completamente a posibilidade de novos contaxios», sí reduce el riesgo de transmisión del virus, por lo que entienden que la medida es adecuada, porque se implementa «en resposta a indicios racionais que poñen de manifesto a existencia dun perigo para a saúde da poboación que se pode ver agravado se non se adopta».

El TSXG también autoriza que la comprobación de los certificados se lleve a cabo mediante la lectura del código QR con la aplicacción PassCovid desarrollada por la Consellería de Sanidade.

Sanidade prohíbe de nuevo los actos de pie con aperitivos

Las restricciones aplicables a la hostelería quedan como hasta ahora

Al margen de la extensión del certificado covid, la Consellería de Sanidade publicó este jueves una nueva orden que prorroga la del 22 de octubre, mantiene las medidas relativas a la hostelería e introduce alguna limitación nueva relacionada con los actos sociales que se realizan con los asistentes de pie y en los que se sirven comidas y bebidas.

«Tendo en conta a evolución da situación epidemiolóxica, así como as propias características da actividade concreta, resulta necesario eliminar a posibilidade de realización de cócteis e actos de recepción con aperitivo e público de pé, tendo en conta a situación epidemiolóxica actual, e evolución dos casos activos, e a necesidade de limitar a interacción persoal nun tipo de actos nos que os participantes simultanean a inxesta de alimentos e/ou bebidas —e, por tanto, atópanse sen máscara nese momento— coa interacción grupal en espazos limitados», recoge la orden firmada por el conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, y que se publicó este jueves en el Diario Oficial del Galicia (DOG).

La medida, al igual que la relación de nuevos lugares en los que se exige la presentación del pasaporte covid, entrará en vigor esta medianoche y se prolongará si la situación epidemiológica no mejora de forma sustancial hasta el próximo 18 de enero.

Razones epidemiológicas

El departamento de la Xunta que dirige García Comesaña justifica su aplicación en base al informe de la Dirección Xeral de Saúde Pública de este pasado domingo, que da cuenta de como desde el 21 de octubre el signo de la epidemia cambió por completo. De hecho, refleja como todavía sigue el crecimiento de los niveles de infecciones diarias e incidencia acumulada. También recoge como la razón de taxas, que mide ese crecimiento, «está a diminuir», aunque en la quinta ola hubo que esperar 14 días desde que empezó a bajar hasta que se alcanzó el pico de contagios.

El resto de restricciones aplicables a la hostelería siguen como están hasta el 18 de enero. Aforos del 100 %, un máximo de ocho personas por mesa en interior y 15 en terraza, con la obligación de presentar el certificado covid en los bares a partir de las 21.00 horas y en los restaurantes durante todo el día.

Feijoo cree que la vacunación obligatoria de sanitarios que plantea Baleares es un debate «absolutamente procedente e responsable»

El presidente ha lamentado que en esta pandemia España sea un gran país en cuanto a vacunación pero «absolutamente estéril en lexislación»

Baleares ha implantado la obligatoriedad del certificado covid entre el personal sanitario, que de no vacunarse tendrá que hacerse tres pruebas diagnósticas a la semana. El debate que plantea la comunidad le ha parecido al presidente de la Xunta «absolutamente procedente e responsable» y ha lamentado que la falta de leyes específicas obligue al «peregrinaxe constante ás salas do contencioso» para tener aval sobre las decisiones que se toman.

Sobre la posibilidad de esta decisión en Galicia, Alberto Núñez Feijoo explicó que  en Galicia las decisiones pasan por el comité clínico y «non nos gusta improvisar», aunque ya hace tiempo que se había planteado la regulación de la vacunación obligatoria para ciertos supuestos.  

«Fomos absolutamente descalificados» y además «presentouse un recurso contra a Lei de Saúde Pública» que, según recordó Feijoo, no establecía esa obligatoriedad, sino que regulaba la actuación de la Xunta en el caso de que los órganos competentes decretasen esa inmunización obligatoria. El presidente ha lamentado que España sea un gran país en cuanto a vacunación pero  «absolutamente estéril en lexislación» para gestionar la pandemia de coronavirus.

¿Se puede exigir a los trabajadores el pase covid?

Si hay un concepto que se ha repetido a la hora de hablar de restricciones para controlar la pandemia es proporcionalidad. Ese principio es el que rige también a la hora de exigir el pasaporte covid: hay que mantener un equilibrio entre la posibilidad de evitar contagios y la merma en la libertad que ello supone. Así que, tal y como establece la orden que regula el uso del pase en la hostelería, a los trabajadores no se les puede exigir la presentación del certificado. Y puede llegar a darse la circunstancia de que un camarero sin vacunar exija a los clientes el certificado covid para poder consumir en el local. ¿Por qué?

 Por el principio de proporcionalidad. Las administraciones deben justificar por qué es necesario tomar esa medida, recuerda Alba Nogueira, catedrática de Derecho Administrativo de la USC. Y es difícil justificar que, por ejemplo, el colectivo de trabajadores de la hostelería pueda suponer un vector de contagio, entre otras cuestiones porque están obligados a cumplir ciertos protocolos y a llevar la mascarilla en todo momento.

En Galicia, el TSXG ha entendido que limitar la posibilidad de acudir a ciertos lugares (como los bares) es una merma pequeña de la libertad de la población en comparación con el objetivo que se persigue, que es frenar el avance de la pandemia. Cuestión distinta es limitar la posibilidad de acudir a trabajar, un derecho que sí es fundamental.

En este caso, la restricción de la libertad «es tan grande» que obliga a tener una norma que decrete la obligatoriedad de la vacuna, explica Roberto Blanco Valdés, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidade de Santiago. La obligatoriedad no supone que se vaya a vacunar a la fuerza, sino que la negativa a inmunizarse supondrá una carga sobre los derechos que puede llegar hasta el punto de limitar la posibilidad de acudir a trabajar.

«Además, esto no se puede regular por real decreto, sino que tendría que ser una ley orgánica», explica. Es decir, el Gobierno central tendría que desarrollar la Ley de Salud que se aprobó en los años 80 o tramitar una nueva legislación en la que se debe establecer qué grupos están obligados a vacunarse y cuáles son las consecuencias de no inmunizarse.