Imposibilidad de comprar aves y multas de 600 euros amenazan a quien no regule su corral, lo que genera una avalancha de visitas a oficinas de la Xunta
08 mar 2024 . Actualizado a las 21:58 h.Las oficinas rurales, nombre que reciben actualmente las oficinas agrarias comarcales, llevan unas semanas de intenso trabajo relacionado con los gallineros. Colas de usuarios que quieren legalizar esas instalaciones y funcionarios dedicados prácticamente a esa tarea en toda la jornada laboral son situaciones habituales. ¿A qué se debe ese furor?
Por un lado, hay un deber legal. Las explotaciones avícolas, incluidas las de autoconsumo, deben inscribirse en el registro de explotaciones ganaderas. Por otro, conviene tener en cuenta el momento del año en que estamos, ya que estos son meses en los que se suelen comprar aves para ir criando en los gallineros domésticos.
La obligatoriedad de dar de alta los gallineros está incluida en una disposición estatal (el Real Decreto 637/2021) que regula la avicultura. En el artículo 2 se cita que en las explotaciones de autoconsumo no se puede pasar de 30 animales, aunque la cifra no se detalla con tanta claridad.
Un máximo de 30 gallinas
En el real decreto se recoge que una explotación de autoconsumo es aquella que no sobrepasa las 0,15 unidades de ganado mayor. Una unidad de ganado mayor (UGM) equivale a 200 gallinas ponedoras, por lo que 0,15 equivale a 30 animales. Si el dueño de un corral tiene, por ejemplo, pavos en vez de gallinas, el cálculo y el máximo autorizado de ejemplares serán los mismos.
Esas explotaciones no pueden comercializar carne, huevos u otros productos. De todos modos, los propietarios, acudiendo a las oficinas de la Xunta o accediendo al registro telemático de la Xunta, deben legalizar esas instalaciones. El trámite ante la administración autonómica es gratuito, y permite a cada propietario disponer de un código (REGA) para su explotación. En cada solicitud hay que especificar el número de aves, el emplazamiento del corral y el sistema de cría, ya que los animales pueden estar siempre a cubierto, siempre al aire libre o en un sistema mixto.
Existe la posibilidad de que quien no efectúe esos trámites se quede sin reposición de sus aves. Para comprar una gallina en una tienda hay que presentar el código de la explotación, aunque vale también mostrar una copia de la solicitud si todavía no se tiene la certificación oficial. Más grave puede ser la vertiente económica, puesto que se expone a sanciones que pueden tener una cuantía mínima de 600 euros.
Las multas no están recogidas en el Real Decreto 637/2021 sino en otra norma estatal, la Ley de Sanidad Animal. En el artículo 88 de esa ley se recoge que las infracciones leves podrán sancionarse «con una multa de 600 a 3.000 euros o apercibimiento». El apercibimiento solo será posible si antes no se ha observado fraude o mala fe por parte del infractor.
Por otro lado, en artículo 89 se especifica que una infracción será leve, grave o muy grave atendiendo a cuestiones como las circunstancias del responsable, el número de animales afectados o el incumplimiento de avisos anteriores.
Aunque el trámite ante la Xunta sea gratuito, entre vecinos de zonas rurales se observa malestar. Un veterinario que trabaja en la comarca de la Terra Chá, dedicado a la atención a la ganadería vacuna, explica que ese malestar se debe a que el deber del registro se considera un trámite excesivo y una carga más. «Chove sobre mollado», dijo.
Entre los deberes de las explotaciones de autoconsumo está, como se explica en el artículo 11 del citado real decreto, la necesidad de identificar «a un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos» en los animales.
En esa cuestión, los posibles problemas sanitarios, está una de las claves. A profesionales de la veterinaria se les oye comentar que la gripe aviar es una amenaza real, y ya en años pasados, por ese motivo, hubo restricciones a la presencia de aves en ferias de villas y de pueblos de Galicia.
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Críticas de Medio Rural
El decreto estatal encontró rechazo en Galicia. La Xunta formuló casi 40 alegaciones en los distintos momentos de la tramitación de ese texto normativo. Según explicaciones de la Consellería do Medio Rural, las explotaciones de autoconsumo deberían quedar fuera del ámbito de aplicación de la norma para aliviarles la carga administrativa, y estar solo sujetas a cumplir unas mínimas condiciones higiénicas y sanitarias.