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Pesca consulta cómo ayudar a los tripulantes cuando los pesqueros no pueden faenar

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

PESCA Y MARISQUEO

Foto de archivo de tripulantes de un arrastrero gallego durante la maniobra de recogida del aparejo
Foto de archivo de tripulantes de un arrastrero gallego durante la maniobra de recogida del aparejo S.S.

Sin la orden que prepara, «no podrían concederse» compensaciones en paradas como la veda para proteger delfines

20 nov 2024 . Actualizado a las 04:46 h.

A finales de marzo del 2023, la Comisión Europea aprobó las directrices que deben aplicar los Gobiernos nacionales de la UE para conceder ayudas a los armadores y a las tripulaciones por paralizaciones temporales de actividad en situaciones concretas. Entre ellas, cuando la propia Comisión lo ordena «en caso de amenaza grave para los recursos biológicos marinos» o cuando un Estado miembro recurre a «medidas de urgencia» como hizo Francia este año al cerrar la pesca en sus aguas para proteger delfines. Este último es el ejemplo que cita el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para justificar el proyecto de orden que regulará las ayudas de Estado a los tripulantes.

Sin esa norma, sostiene el ministerio que preside Luis Planas, «no podrían concederse ayudas» a las dotaciones de pesqueros españoles cuando deben amarrar en «determinadas circunstancias» y las compensaciones las gestione la Secretaría General de Pesca. Establecer las bases reguladoras «resulta necesario y oportuno por el importante apoyo que esta medida tendrá en determinadas circunstancias», añade. Se trata, en definitiva, de «paliar el impacto socioeconómico que generan sobre los trabajadores del sector pesquero circunstancias que obligan a detener la actividad extractiva».

Si bien el ministerio cita el ejemplo del cierre en aguas de Francia para reducir la mortandad de delfines, las directrices de la Comisión Europea prevén más. Una, «la interrupción, por motivos de fuerza mayor, de la aplicación de un acuerdo de colaboración de pesca sostenible o su protocolo». Otra, «crisis sanitarias o incidentes medioambientales oficialmente reconocidos por las autoridades del Estado miembro». Y otra más: medidas de conservación adoptadas por organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP), «siempre que sea necesaria una reducción del esfuerzo pesquero basado en asesoramiento científico».

Para beneficiarse de esas ayudas, los barcos han de verse privados de la posibilidad de faenar durante al menos un mes consecutivo, según detallan las directrices de la Comisión. Y, en el caso de los tripulantes, deberán haber trabajado a bordo del pesquero afectado «durante al menos 120 días a lo largo de los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda».