La Fiscalía recurre al Supremo la sentencia que evita que Audasa devuelva los peajes por las obras de la AP-9

La Voz REDACCION

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Retenciones en la AP-9 a su paso por Vigo por las obras de Rande en abril del 2018
Retenciones en la AP-9 a su paso por Vigo por las obras de Rande en abril del 2018 XOAN CARLOS GIL

Hace apenas tres semanas, la Audiencia de Pontevedra había anulado una sentencia del un juzgado de lo Mercantil que condenaba a la concesionaria

03 nov 2022 . Actualizado a las 12:50 h.

La Fiscalía Provincial de Pontevedra ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia que anuló la condena a Audasa a devolver los peajes a los usuarios de la AP-9 afectados por las incidencias generadas por las obras en el puente de Rande, y que ocasionaron numerosas retenciones en las entradas y salidas a Vigo. Se contabilizaron 81 retenciones entre el 2015 y el 2018.

En concreto, solicita a la sala de lo civil del Supremo, por interés casacional, que anule el fallo recurrido de la Audiencia Provincial de Pontevedra y dicte otra sentencia en el sentido propuesto en la demanda original.

Los demandantes (la Fiscalía, Adicae, la asociación En Colectivo y varios particulares) sostenían que la empresa incurrió en una práctica abusiva prohibida por la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios al cobrar íntegramente el peaje a pesar de las retenciones y los problemas causados por las obras.

La Audiencia aceptó a finales de abril el recurso de la concesionaria y consideró que, cuando la normativa de consumo incluye como objeto de control de abuso «las prácticas contractuales no negociadas individualmente», tiene en cuenta una realidad diferente a la de este caso, en el que se enjuician las condiciones fijadas para la explotación de una concesión administrativa.

En ese sentido, el tribunal provincial entendió que no pueden incluirse en el concepto de «prácticas abusivas» las incidencias relacionadas con el cumplimiento del contrato de uso de la autopista, y considera que no existe una relación directa entre el pago del peaje y las condiciones en las que se presta el servicio.

Según señalaban los jueces, el peaje es fijado por la Administración en función de diversos criterios, como precio por el uso de un servicio público, en este caso, gestionado por la concesionaria de la autopista. Por tanto, los tribunales civiles no pueden ejercer un control de razonabilidad sobre las condiciones de la concesión, ni pueden controlar la determinación del precio.