El TSXG declara que el certificado covid para acceder a la hostelería y al ocio nocturno no tiene vigencia
SOCIEDAD
El alto tribunal suspende esta medida por no haber sido autorizada judicialmente. Y dice que la Xunta no pidió respaldo para la orden del 22 de julio, que imponía esta prohibición
12 ago 2021 . Actualizado a las 18:45 h.El TSXG acaba de decretar que la obligación de presentar el certificado covid para acceder a los locales de hostelería y de ocio nocturno es una medida que carece de vigencia, ya que no se solicitó una autorización judicial para ello. El alto tribunal recuerda que la Xunta de Galicia solo pidió respaldo para aplicar la orden del 21 de julio, en la que se establecían límites al derecho de reunión, pero no para la orden del 22 de julio, en la que se exige presentar el certificado covid en establecimientos de hostelería y restauración en función del nivel de incidencia del covid.
Se trata según el TSXG de una medida restrictiva de derechos fundamentales y por lo tanto carece de vigencia. «Este anómalo proceder por parte de la Xunta indujo a confusión», recoge el auto, quien justifica que la semana pasada se denegasen medidas cautelares contra la presentación de este certificado -algo que solicitó la Asociación de Empresarios Lugo Monumental- porque en esta resolución se daba por sentado que las medidas cuya suspensión se instaba habían sido sometidas a previa autorización por el TSXG.
La obligación de presentar el certificado de vacunación, prueba negativa de coronavirus o documento de haber pasado la enfermedad se aplica a los locales de ocio nocturno de concellos que están en nivel medio-bajo y medio, ya que los de alto y máximo no pueden abrir, así como al interior de los establecimientos de hostelería de los niveles alto y máximo.
La Xunta no ha valorado el auto porque asegura que todavía no les ha llegado la notificación.